domingo, 17 de agosto de 2014

POT: Plan de ordenamiento territorial

http://www.barranquilla.gov.co/politica-y-planes-institucionales/plan-ordenamiento-territorial


ACÁ PODEMOS ENCONTRAR EL NUEVO P.O.T (PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL) , 2012 - 2032 .

DECRETO NO. 0212 - 2014


¿ QUE ES EL P.O.T?


Es una herramienta de planeación para el desarrollo físico del territorio.
 Un P.O.T se define como el conjunto de objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas adoptadas para orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y la utilización del suelo. Señala pues  los derroteros de las diferentes acciones urbanísticas  posibles que pueden emprenderse. 
Las ciudades deben crecer ordenadamente, de manera tal  que los recursos con que se cuentan para el desarrollo de la comunidad, se empleen eficientemente y de manera sostenible en el tiempo. El POT, nos pone de presente  que no todo está permitido y que lo que sí lo está, debe ser en función de la obtención del desarrollo  más equitativo posible.
¿ QUIENES TIENEN DERECHO DE PARTICIPAR EN LA FORMULACIÓN DEL P.O.T?:
La misma ley señala sobre la participación democrática  que  debe promoverse por parte de la autoridad distrital  en todos los estamentos ciudadanos con el fin de fomentar la concertación entre los intereses sociales, económicos y urbanísticos, de manera que ello permita “ asegurar la eficacia de las políticas públicas respecto de las necesidades y aspiraciones de los diversos sectores de la vida económica y social relacionados con el ordenamiento del territorio municipal” teniendo en cuenta los principios:
1- La función social y ecológica de la propiedad.

2- La prevalencia del interés general sobre el particular.

3- La distribución equitativa de las cargas y los beneficios.

En la formulación del POT interviene el  alcalde a través de las Secretaria de Planeación que lo formula el POT y lo somete al concejo. Pero antes de ello debe:
  • Consultar con CARDIQUE, que es para nuestro caso la corporación autónoma.
  • Con el Consejo  Distrital   de Planeación, que es una instancia  consultiva obligatoria, en la cual tienen asiento muchas instancias de la sociedad civil, sin embargo sus opiniones  no obligan.
  • Con los gremios  económicos, agremiaciones profesionales, instituciones de la sociedad civil de manera que en todas las etapas de consultas, la comunidad pueda expresar sus inquietudes.
ALGUNOS ASPECTOS ESTRUCTURALES QUE DEFINE EL P.O.T SON:



  • Los sistemas de comunicación entre las  áreas  urbana y  rural.
  •       Áreas de reserva  y medidas para protección del  medio ambiente, conservación de los recursos naturales.
  •       Áreas  de conservación y protección del patrimonio histórico, cultural y arquitectónico, para ello también existen los planes especiales de manejo y protección PEMP. En Cartagena está pendiente de aprobación el del Centro Histórico y su área de influencia.
  • Zonas de alto riesgo  naturales para la localización  de asentamientos humanos  por amenazas o riesgos naturales.
  • Localización infraestructura y equipamientos  básicos.
  • Clasificación del territorio en suelo urbano, rural y de expansión urbana, con la correspondiente fijación del perímetro del suelo urbano.

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